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Área de Comunicación

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 ¿Cómo puedo recibir la revista serCapaz ?
Existen varias formas:
  • Si es  usted socio/a de una de nuestras entidades federadas, puede pasar a recogerla por la asociación a la que pertenezca, en caso contrario, podrá recogerla en cualquiera de nuestras sedes de Gijón y Oviedo.
  • En nuestra página web, podrá encontrar todos los números excepto el último
  • Haciendo una suscripción anual, en este caso le llegarán todos los ejemplares cómodamente a su domicilio.
 
 
 ¿Admiten colaboraciones en la revista “serCapaz”?
En principio nuestra revista está abierta a cualquier sugerencia o aportación que nos tendrán que enviar por escrito dirigido al departamento de comunicación, comunicación@cocemfeasturias.es y será valorada por el consejo de redacción .
 
 
 ¿Por qué es importante la terminología empleada en el lenguaje al tratar de la discapacidad?
Las palabras comportan significados sociales, “las etiquetas”. Por ello hay que evitar los términos que tengan connotaciones negativas, o que predispongan a una mirada condescendiente o estereotipada (“sufrir, padecer”, etc.). Estas palabras, por consiguiente, no deberían ser empleadas.
 
 
 ¿Cuál es la denominación que debe darse a las personas que presentan una discapacidad?
Persona con discapacidad, es la adecuada.
 
Tal como viene recogido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, en su disposición adicional octava donde se establece que «las referencias que en los textos normativos se efectúen a minusválidos y a personas con minusvalía, se entenderán realizadas a personas con discapacidad».
 
Posteriormente entró en vigor una nueva normativa, el Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
 
La que establece la necesidad de una actualización terminológica y conceptual de este Decreto, En consonancia con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y en la nueva clasificación de la Organización Mundial de la Salud, "Clasificación Internacional de Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud" (CIF-2001), realizando, entre otras, las siguientes actualizaciones terminológicas:
  • Todas las referencias hechas en la redacción original de este real decreto al término "minusvalía» quedan sustituidas por el término «discapacidad".
  • Todas las referencias hechas en la redacción original de este real decreto a los términos "minusválidos" y "personas con minusvalía" quedan sustituidas por el término "personas con discapacidad". ¨
 
 
 
 ¿Existe algún documento  avalado por Cocemfe Asturias que recoja las normas básicas en el tratamiento de los medios de comunicación de las personas con discapacidad?
Hay varias publicaciones,  tales como la Guía de Estilo sobre Discapacidad para profesionales de los medios de comunicación, editada por el Real Patronato sobre Discapacidad, así como la Imagen Social de las Personas con Discapacidad, de la Colección Cermi.es, número 35, aunque nos gusta remitir a los profesionales a las conclusiones extraídas durante el Primer  Encuentro sobre PERIODISMO Y DISCAPACIDAD. En el transcurso del mismo, medios de comunicación de toda España representados por los setenta participantes, entre los que se encontraba la responsable de Comunicación de Cocemfe Asturias, suscribieron  la "Declaración de Salamanca", que constituye un compromiso firme para abordar correctamente esta cuestión, a través de pautas claras que eliminen los prejuicios y los enfoques victimistas. 
 

 

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